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Sábado 05 de Agosto del 2006 

Documentos del Partido Socialista
Declaraciones

LOS DERECHOS HUMANOS DE LA JOVEN VIOLADA FUERON SERIAMENTE AGRAVIADOS Y VULNERADOS



Lo acontecido con la joven de 19 años que padece discapacidad y que ha quedado embarazada producto de una violación, devino en una serie de hechos que configuran una invasión del poder judicial en la vida privada, constituyendo un verdadero agravio a su persona y un avasallamiento a sus derechos humanos.

Ante esta situación el Partido Socialista considera correcto fallo mayoritario de la Suprema Corte de Justicia de la Pcia. de Bs. As. ajustado al derecho vigente, esto es, al irrestricto respeto al Art. 86, inc. 2 del Código Penal de la Nación, que dice : “…el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: …2º) si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente."… Esta situación por consiguiente está claramente despenalizada y es uno de los casos en donde el aborto debe practicarse sin requerirse, además, ninguna autorización judicial previa.

El fallo de primera instancia impidió arbitrariamente a la mujer a ejercer su derecho a decidir , desconociendo la legislación vigente desde que se sancionó el Código Penal de 1921, que al ser dejada de lado no hace mas que equiparar equivocadamente a nuestro país con otros del mundo que son los que prohíben el aborto en cualquier circunstancia.

Lamentablemente, la indebida injerencia del ámbito judicial que obstaculizó la decisión médica que ya estaba tomada tuvo la penosa consecuencia que el fallo firme de la Corte, cuando llegó no fue cumplido y la única perjudicada es la adolescente violada y su entorno familiar, que son considerados no como sujetos de derecho sino como meros objetos manipulados por un poder que abusa de sus atribuciones.

No se puede admitir la interpretación restrictiva de la letra del Código Penal, y de su árt. 86, inc. 2 que establece con claridad cuales son los derechos de esta joven, y esto no requiere ninguna autorización judicial. Paradójicamente, la negativa a aplicar el Código Penal vigente pretende sustentar en los propios tratados de derechos humanos que entre otros avances, considera a los derechos de las mujeres como derechos humanos, sin que puedan negarse o confundirse con los contenidos de otras Convenciones. como lo afirmara claramente la Jueza Carmen Argibay. , las normas se complementan, ninguna Convención incorporada a la Constitución Nacional puede anular el Código Penal-

Al mismo tiempo el Partido Socialista apoya las solicitudes de Juicio político a la jueza titular del Tribunal de menores Nº5 de La Plata, Dra. Inés Noemí Siro, no sólo por incumplimiento a las normas vigentes sino también porque en un vergonzante dictamen obliga a que la víctima deba concurrir mensualmente al Juzgado para demostrar con certificación médica, que está realizando los controles correspondientes de su embarazo, disposición que denota un verdadero abuso de autoridad y un humillante trato hacia la adolescente y su familia.

A quedado claro en estos días la opinión mayoritaria de la gente y fundamentalmente de las mujeres que han condenado la no solución de este problema. Lo ocurrido se en marca en el respeto irrestricto por los derechos humanos de las mujeres y sobre todo de las mujeres pobres que tienen que tener el derecho a tomar decisiones y a acceder a las prácticas correspondientes en forma segura y gratuita.

Frente a este nuevo hecho, que pone al descubierto parte de una dramática realidad, el PS insiste en la necesidad de abrir el debate sobre la despenalización del aborto en el Congreso de la Nación, ratificando los proyectos que sus representantes han presentado en ambas Cámaras, concientes de que la penalización no solo no resulta un medio idóneo para reducir estas practicas, sino que su resultado es alentar el aborto inseguro para millones de mujeres pobres y constituir la primer causa de muerte materna.

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